El Gobierno Mexicano ha sido un cancerbero ( perro de tres cabezas cuidador del Averno(Imagen 1)) para los usuarios de vaporizador, más de 1.75 millones de usuarios y 17’000,000 de fumadores, muchos de estos últimos ciudadanos que pagan con cada cajetilla (IEPS) la ayuda que prometen los impuestos que erogan en cada compra; buscan y lo hacen sin encontrar una solución exitosa para abandonar el cigarro, muchos de ellos tras decenas de intentos nos afirma el Presidente de AllVape, A.C. Edgar Cano Campillo y su vocero Nacional Antonio Toscano Florenzano respectivamente …
El Gobierno mexicano ha mentido como pinocho (personaje mentiroso que le crece la nariz cuando miente) nos comentan ambos, mas allá de toda duda razonable sobre sus declaraciones debido a que no contrasta información, sesga datos, falsea estudios y se contradice el mismo; o bien pretende tratar al ciudadano como ignorante y aprovechar el poco conocimiento científico del groso de la población para asustarlos con nombres como diacetilo, Formaldehido, Nitrosaminas, metales pesados, etc.
Asustar con el Coco nos dicen los activistas no es la mejor solución, lo primero a saber: ES UN PRODUCTO PARA ADULTOS y nos dicen que lo mejor sería hablar claro con los jóvenes y decirles que este NO ES UN PRODUCTO PARA ELLOS, si no para adultos que no pueden o no quieren abandonar el consumo de nicotina, droga por cierto aprobada socialmente para su consumo en el propio TABACO COMBUSTIBLE.
Nos cita el Estado en otra mentira más, que no existe información suficiente al respecto, sin embargo, SI EXISTE proveniente de diversos países que además llevan una salud publica envidiable y lo colocan dentro de sus terapias de cesación y políticas de salud públicas. Como lo son Reino Unido (1), Francia (2), Nueva Zelanda (3) donde existen miles de estudios, desde análisis de compuestos volátiles(4), marcadores biológicos(5), estudios neurológicos(5), impacto en los jóvenes(6), daño pulmonar(7), daño coronario(8), si produce cáncer(5) y con todo esto, en estos lugares el método ha significado la ayuda esperada por el fumador para alejarse de un producto que sabemos genera 65,000 muertes al año en México: EL TABACO, es decir, 1 de cada dos fumadores morirá en las próximas décadas por los efectos del consumo de este ultimo
Reino Unido por ejemplo ha presentado un avance en la cesación tabáquica del 20.1% en el 2011 a 13.4% en el 2021, mientras que México ha aumentado su población fumadora del 17.0% en el 2011 a 19.1% en el 2021.
¿Mas mentiras? Y siguen más nos previenen nuestros entrevistados, EVALI (ENFERMEDAD PULMONAR AGUDA ASOCIADA AL VAPEO), misma que fue proclamada por la FDA y los CDCs’ de Estados Unidos y aclarada unos meses después por ellos mismos (9)(10), es decir un daño en Espacio y Tiempo determinado, marzo del 2019 a febrero del 2020, y sin consecuencias en nuestro país. (Imagen 3)
“Acetato de Vitamina E, en líquidos adulterados del mercado negro de THC”
Un Estudio, nos dice el activista , sin cantidades, es un estudio SIN significado, “El veneno está en la dosis”, todos consumimos a diario decenas de sustancias venenosas e incluso las tenemos dentro de la sangre (imagen 4) como simple complemento de ella, las consumimos en bebidas, en lo que comemos e incluso en el aire que respiramos( imagen 5) , es por eso que es importante aclarar a la población de que se trata lo que describes en un estudio, provenga de quien sea, pero creo yo, mas importante lo que proviene del ESTADO porque te debería ayudar a tomar decisiones informadas que pudieran afectar el rumbo de tu vida, vuelvo a comentarte no existe a la fecha algún producto totalmente INOCUO. Y el vapeo es un producto que NO LO ES, pero comparado contra el producto del que trata de generar una REDUCCION DE RIESGOS, es decir EL TABACO COMBUSTIBLE y ayudar en su caso a la cesación (11) es por mucho más seguro nos comenta, de acuerdo al Public Health England en su estudio Vivo del 2013 al 2022, indica que provoca cuando mucho a largo plazo, el 5% del daño residual del tabaco (12).
Y de acuerdo a estudios cromatográficos contiene en comparativa con las 7,000 sustancias que se generan al combustionar el tabaco entre 80 y 150 sustancias solamente (4) y todas en cantidades muy por debajo del 5% y la mayoría debajo del 1% de las contenidas contra su contraparte. (12)
En el mes de noviembre COFEPRIS lanzo un estudio (13), por cierto, a la fecha no publicado en ninguna revista científica prestigiosa NI ARBITRADA, y aunque ellos afirman que es el mejor estudio en el mundo mundial (Cromatografía de líquidos), dijeron que se habían descubierto 33 sustancias que no estaban declaradas en los Vapes, bueno, eso nos dejó al descubierto DOS COSAS…
1.- Se trató de un estudio tramposo y falso y aprovechado el desconocimiento del público en general de los nombres científicos de los aditivos alimentarios que se encuentran en el Apéndice XI aprobados por ellos mismos, al menos encontramos 25 de ellos en el documento citado. (14)
2.- Ellos mismos no encontraron NI ACETATO DE VITAMINA E, NI DIACETIL, por lo que el decreto presidencial quedaría invalidado ya que se aprobó bajo esas condiciones. (13)
Parece que nuestros entrevistados no acaban de terminar y dejan para el final la última mentira por parte del estado para este cuento.
El ataque más reciente lo estamos viendo hoy por parte de las autoridades nos comentan, Edgar ya parece molesto y Antonio lo secunda en expresión, esta noticia es la creación de un Reglamento de la Ley General de control del tabaco que hace meses fue discutido y donde se presentaron centenas de quejas por parte de la iniciativa privada y de muchos usuarios y particulares, pero aquí viene lo más importante a considerar (14):
Nos comenta Edgar Cano, Durante al menos 12 años, el vapeo se prohibió debido a la interpretación en un artículo de la ley general del control del tabaco, el Art.16 Fracc.VI, que indicaba que quedaba prohibido “Comerciar, vender, distribuir, exhibir, promocionar o producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, que contenga alguno de los elementos de la marca o cualquier tipo de diseño o señal auditiva que lo identifique con productos del tabaco.” (15)
Interrumpe Toscano diciendo, ese artículo era para los cigarros de chocolate…
Continua Cano, Artículo que fue resuelto por una jurisprudencia por contradicción en la SCJN desde Oct del 2021, entrando en vigor el 11 de abril del año que culmina (16), se invitaba a los Diputados a legislar en este sentido para una regulación del vapeo. Con votos concurrentes de diferentes ministros hablando sobre la libertad de comercio y el libre desarrollo de la personalidad.
Ahora resulta nos comenta Antonio que este reglamento (17) incluye a un producto que durante 12 años no fue producto de tabaco, porque no lo es, nos añade, a ser un producto de tabaco y nos dice en su Art 2, VII “FUMAR, al acto de inhalar y exhalar humo de un producto de tabaco e incluye el hecho de estar en posesión o control de un producto de tabaco en combustión o calentamiento, incluidos productos de nicotina que generen emisiones” (17)
Esto significa que cambiaron la definición de la palabra fumar que podemos buscar en la RAE, la academia de Oxford e incluso Wikipedia “ fumar es inhalar y exhalar el humo , el humo recalca, del tabaco combustible”, por eso te puedo afirmar que #VapearNoEs Fumar , sin embargo nos hacen perder nuestras garantías y nos colocan en todos los aspectos igual que el tabaco y auguramos colocaran el mismo impuesto que a este último, siendo que como explique … las leyes se deben de aplicar con ciencia y teleología concluye Toscano.
AllVape; A.C. siempre presentando referencias, el Gobierno NO
Bibliografía
(1) https://publications.parliament.uk/pa/cm201719/cmselect/cmsctech/505/505.pdf Normativa Inglesa Camara de los Comunes
(2) https://www.tabac-info-service.fr/questions-reponses/04_questions-mises-en-ligne/cigarette-electronique870 Página del Ministerio de Salud Gobierno Frances
(3) https://vapingfacts.health.nz/the-facts-of-vaping/ página de Gobierno Neo Zelandés sobre el vapeo
(4) https://www.dropbox.com/s/6qb2wf4wncyliwq/H6.pdf?dl=0 Estudio Grimalt et al, 2015, Estudio cromatográfico en tabaco y e cig.
(5) https://www.dropbox.com/s/ym257kcav3cyppp/resumen%20de%20estudios%20hasta%202020.pdf?dl=0 150 estudios sobre el vapeo por diversas instituciones
(6) https://onlinelibrary.wiley.com/doi/10.1111/add.15892 estudio 44 paises sobre vapeo juvenil, 1.7% de los usuarios son adolescentes
(7) https://pubmed.ncbi.nlm.nih.gov/33101622/ Reversal Damage, Polosa Et Al 2020
(8) https://journals.sagepub.com/doi/10.1177/2040622319877741 no existe daño coronario
(9)https://www.fda.gov/consumers/consumer-updates/vaping-illness-update-fda-warns-public-stop-using-tetrahydrocannabinol-thc-containing-vaping?fbclid=IwAR18Xv__JHCdfRuafp2HKHM9DylMAcAXNnc980Ai-jHzYw-2PwAv4jcJghY ultima actualizacion FDA sobre EVALI
(10)https://www.cdc.gov/tobacco/basic_information/e-cigarettes/severe-lung-disease.html?fbclid=IwAR3b_4biC4rbN1QZTGtWdtjVDBemkHFrlncehZixMQf3GB-mgxyXv2rVnuU ultima Actualizacion CDCs
(11)https://assets.publishing.service.gov.uk/government/uploads/system/uploads/attachment_data/file/684963/Evidence_review_of_e-cigarettes_and_heated_tobacco_products_2018.pdf Review 2018, UK, PHE pág. 150 Parr.1 solo 5% del daño residual del tabaco
(12)https://assets.publishing.service.gov.uk/government/uploads/system/uploads/attachment_data/file/1107701/Nicotine-vaping-in-England-2022-report.pdf review Nov 2022 Office for Health Improvement and Disparities, Pág. 75 y 76, continua 95% menos dañino
(13)https://www.dropbox.com/s/651d72umz6cqzki/An_lisis_cromatogr_fico_detecta_sustancias_t_xicas_en_vapeadores%20%281%29.pdf?dl=0 Estudio Cofepris
(14) https://www.dropbox.com/s/28fvwdq0okcn5y7/ANEXO_XI%20aromas.pdf?dl=0 anexo XI COFEPRIS Aditivos aprobados por la dependencia para consume humano
(15) https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGCT.pdf Ley General Control del Tabaco Art.16 Fracc. VI
(16) https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2024425 jurisprudencia por contradicción sobre inconstitucionalidad de art 16 fracc. VI LGCT
(17) https://cofemersimir.gob.mx/expedientes/27194 PAGINA DE QUEJAS SOBRE EL nuevo reglamento https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5674791&fecha=16/12/2022#gsc.tab=0 DOF reglamento aprobado 16 de dic 2022