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Jueces ponen freno a la reforma judicial; resolverán amparos la próxima semana

Por separado, dos jueces federales concedieron suspensiones contra la reforma judicial, cuya discusión en el pleno de la Cámara de Diputados se prevé mañana.

Martha Eugenia Magaña, jueza Quinta de Distrito en Morelos, ordenó a los legisladores no abordar el dictamen en una suspensión provisional concedida a un grupo de jueces federales dentro del amparo 1251/2024, que se resolverá en definitiva el próximo 4 de septiembre.

Los inconformes alegan que se les pretende cesar de sus cargos “sin derecho de audiencia y sin derecho a indemnización alguna”.

En tanto, Felipe Consuelo Soto, juez Tercero de Amparo y Juicios Federales en Chiapas, también otorgó un recurso contra la reforma, sólo que no impide su discusión o aprobación legislativa.

La suspensión, que se resolverá de fondo el 6 de septiembre, ordena que, una vez avalado el dictamen en el Congreso de la Unión, no se envíe a las 32 legislaturas estatales, de las que al menos 17 tienen que dar su aprobación para completar la reforma a la Constitución.

Textos de la suspensión de dos jueces.
ORDENAN PARAR REFORMA JUDICIAL

En acciones distintas, dos jueces federales, uno de Morelos y otro de Chiapas, ordenaron suspensiones contra la reforma judicial. En el primer fallo se frenar la discusión y votación en el Pleno de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, y en el segundo se ordena evitar que, de ser aprobado el dictamen, pase a Congresos locales.

La jueza Quinto de Distrito en el estado de Morelos, Martha Eugenia Magaña López, otorgó una suspensión de plano que impide que la Cámara de Diputados discuta y apruebe, por tiempo indefinido, la iniciativa de reforma judicial, aprobada en comisiones. El fallo definitivo a los amparos se dará el próximo miércoles 4 de septiembre.

La resolución concede la suspensión con el fin de que no surta efecto para los quejosos “el proyecto de dictamen relativo a la iniciativa de reforma que adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución federal, lo cual implica que dicho proyecto en particular no podrá ser discutido y votado por la Cámara de Diputados de la nueva Legislatura”, indicó la impartidora de justicia.

Las autoridades responsables deberán informar a este juzgado de inmediato, el cumplimiento que hayan dado a la suspensión decretada, apercibidas de que si al rendir su informe correspondiente afirma hechos falsos, en todo o en parte, podrán ser sancionadas en términos del Código Penal Federal”, apunta el expediente judicial 1251/2024.

De acuerdo con la argumentación, un grupo de jueces de Distrito adscritos al Poder Judicial de la Federación (PJF) promovió un juicio de amparo contra el dictamen de la reforma judicial.

Con la discusión de la Reforma Judicial, dijeron los demandantes, “se les pretende cesar de sus cargos de jueces federales sin derecho de audiencia y sin derecho a indemnización alguna, bastando para ello reformar el texto de la Constitución”.

Ante la solicitud de la medida cautelar, la jueza Magaña determinó que “es legalmente factible conceder la suspensión de oficio solicitada por los quejosos”.

Explicó que permitir que culmine el procedimiento de reforma y que sea votado por el Poder Constituyente, dejaría en completo estado de indefensión a los quejosos, a quienes se propone destituir de sus cargos sin derecho de audiencia y sin que se establezcan las condiciones de una eventual indemnización, porque no sería procedente el juicio de control constitucional.

En una segunda resolución, el juez Tercero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas, Felipe Consuelo Soto, concedió una suspensión de oficio que busca detener la Reforma Judicial antes de que llegue a los congresos de los estados y la Ciudad de México.

Resulta procedente conceder la suspensión de oficio respecto de los efectos y consecuencias de los actos reclamados”, resolvió el juez, y fijó para el 6 de septiembre la audiencia incidental.

También ordenó girar un exhorto al Juzgado de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México en turno, y notificar a las autoridades responsables.
SEÑALAN FALTA DE SUSTENTO

El jurista Diego Valdés, del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM, sostuvo que el fallo de la jueza carece de sustento en la Constitución

Esa resolución es un hecho inédito y sin fundamento jurídico. La defensa de la independencia judicial no debe verse empañada por decisiones carentes de sustento en la Constitución y en la ley”, expuso Valdés.

Por su parte, el profesor en Derecho Constitucional de la UNAM, Francisco Burgoa, señaló que el criterio para argumentar el otorgamiento del amparo hará escalar el conflicto del actual gobierno contra jueces, magistrados y ministros.

Un juez de distrito concedió una suspensión provisional para que la Cámara de Diputados no ejerza su facultad constitucional de discutir y votar el dictamen de la Reforma al Poder Judicial. No comparto el criterio del juez y sólo aumentará la narrativa en contra del PJF. Además, le van a querer iniciar juicio político. Por cierto, el Ejecutivo no tiene facultad para sancionar, aprobar, reformas constitucionales, menos para formular observaciones, vetar”, indicó.