/COMUNICAE/ Las personas económicamente activas deben pagar impuestos ante la autoridad. Por medio de las deducciones, estos impuestos pueden disminuir e incluso resultar con saldo a favor, algo benéfico para los contribuyentes físicos o moralesLos impuestos son pagos que todas las personas económicamente activas deben pagar ante la autoridad, normalmente a los empleados que pertenecen a una organización los realizan por descuentos de nómina.
Una de las principales razones por la que se debe poner mucha atención al tema de los impuestos es porque el Servicio de Administración Tributaria (SAT) establecen que hay ciertos conceptos que permiten reducir el pago o tener un saldo a favor.
Tanto las personas físicas como las morales (organizaciones) pueden deducir algunos de sus gastos, es decir, es una forma en la que puedan recuperar el porcentaje de algunos de los egresos que tuvieron durante el año fiscal y aunque no son los mismos conceptos y cantidades, sirven para aliviar la carga de pago de impuestos afirman los especialistas en De la Paz, Csotemalle – DFK.
De acuerdo con la ley del ISR:
Las personas morales pueden deducir los gastos o egresos de dinero que sean correspondientes a la actividad empresarial y que sean necesarios para la operatividad del negocio, ya sean productos, negocios e incluso, el pago de algunos impuestos. Las personas físicas pueden deducir los gastos o egresos de dinero que sean correspondientes a la actividad que realizan de forma profesional y que sean utilizados para realizarla.
Algunos gastos deducibles son:
Compra de mercancía: Se refiere a todos los insumos que se hayan adquirido para la operación. (equipos como computadoras, teléfonos, máquinas especializadas, escritorios, sillas, mesas, etc. Donativos: No pueden ser mayores al 7% de la utilidad fiscal de la empresa. Impuestos: Así es, como puede ser el pago que se realiza al Instituto Mexicano del Seguro Social, aunque también se pueden incluir conceptos como las aportaciones a fondos de pensiones o jubilaciones o servicios adicionales que se ofrezcan, como puede ser un comedor, seguro de gastos médicos mayores, etc. Gastos de representación: Son aquellas actividades destinadas a cumplir u obtener resultados para la empresa, pueden ser viajes o comidas de negocios, gasolina. Hospedaje, etc. Gastos operativos: Como el pago de luz, de internet o la renta de oficinas, ya que se consideran como gastos necesarios para la operación de la empresa, es decir, para que pueda llevar a cabo sus labores. Intereses: En caso de que la compañía cuente con un préstamo, los intereses comprobables (del año fiscal) pueden ser deducibles. Créditos: Aquellos que sean del tipo incobrables y las pérdidas causas por razones de fuerza mayor.
Es importante contar con un aliado estratégico como De la Paz, Costemalle – DFK que ayude a las empresas y contribuyentes a realizar de forma correcta la declaración y deducciones mensuales para que de esta forma cuando se realice la declaración anual se cuente con un el pago mínimo de impuestos y en el mejor de los casos saldo a favor.
Fuente Comunicae